¿Cómo puedo convertir una explotación minera clasificada como recurso de la sección A) en recurso de la sección C)?
Sería éste un supuesto de reclasificación de recursos de la Sección A), de explotaciones activas que cuenten con autorización de aprovechamiento, en recursos de la Sección C), de concesión de explotación. Para lograrlo, el trámite deberá ser iniciado por medio de una solicitud presentada por el titular de Autorización en explotación activa para el aprovechamiento de recursos de la Sección A). Además, la reclasificación no beneficia a cualquier recurso, pues sobre el yacimiento que debe estar en explotación como Autorización ha de cumplirse alguno de los siguientes supuestos:
a) Los recursos explotados cuyo aprovechamiento se destine a usos que no exijan más operaciones que las de arranque, quebrantado y calibrado, sean destinados a la fabricación de hormigones, morteros, reboques, aglomerados asfálticos u otros productos análogos.
b) Los recursos mineros explotados estén sometidos a procesos que excedan de las operaciones anteriores.
c) Que se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
1- Que el valor anual en venta de sus productos sea superior a 601.012,10 €.
2- Que el número de obreros empleados en la explotación exceda de 10.
3- Que su comercialización directa exceda de 60 km. a los límites del término municipal donde se sitúe la explotación.