En el ámbito del derecho urbanístico, es común encontrarse con términos como terreno urbano, urbanizable y no urbanizable. Esta terminología se refiere a las diferentes categorías de suelo y tiene implicaciones importantes en la planificación territorial y la construcción de edificios. En el siguiente post, explicaremos las diferencias entre terreno urbano, urbanizable y no urbanizable.
Terreno Urbano
El terreno urbano o urbanizable es aquel que se encuentra dentro del suelo urbano y que cuenta con todas las infraestructuras y servicios necesarios para la construcción de edificios. Es decir, el terreno urbano ya ha sido urbanizado y cuenta con servicios básicos como el agua, la electricidad, el alcantarillado, entre otros. En el terreno urbano se pueden construir edificios de todo tipo, desde viviendas hasta oficinas o comercios. Además, la normativa urbanística establece los usos permitidos para cada zona del terreno urbano, lo que regula el tipo de construcciones que se pueden edificar en cada zona.
Terreno Urbanizable
El terreno urbanizable es aquel que se encuentra dentro del suelo urbanizable y que no ha sido urbanizado todavía, pero se prevé que lo sea en el futuro. Es decir, el terreno urbanizable aún no cuenta con todas las infraestructuras y servicios necesarios para la construcción de edificios, pero se espera que en un futuro se lleven a cabo las actuaciones urbanísticas necesarias para su urbanización. En el terreno urbanizable, se pueden llevar a cabo actuaciones urbanísticas previas para la preparación del suelo antes de su urbanización, como la ejecución de infraestructuras y servicios básicos. Sin embargo, la construcción de edificios está sujeta a las normativas urbanísticas correspondientes.
Terreno No Urbanizable
El terreno no urbanizable es aquel que se encuentra fuera del suelo urbano y del suelo urbanizable. Es decir, se trata de zonas que no se pueden urbanizar debido a su valor paisajístico, natural, agrícola o forestal. En el terreno no urbanizable no se pueden construir edificios, a excepción de algunas construcciones auxiliares o de servicios que estén expresamente permitidas por la normativa urbanística. Además, en el terreno no urbanizable se aplican restricciones especiales para proteger el medio ambiente y garantizar el uso adecuado del suelo.
La Diferencia
La principal diferencia entre suelo urbano y urbanizable radica en que el primero ya ha sido urbanizado y cuenta con todas las infraestructuras y servicios necesarios para la construcción de edificios, mientras que el segundo se encuentra en proceso de urbanización o se espera que lo sea en el futuro. En el terreno no urbanizable, por su parte, no se pueden construir edificios debido a su valor natural o agrícola.
En líneas generales, podemos afirmar que las diferencias entre terreno urbano, urbanizable y no urbanizable radican en su estado de urbanización y en las posibilidades de construcción de edificios que ofrecen. Es importante tener en cuenta estas diferencias a la hora de llevar a cabo cualquier actuación urbanística o construcción de edificios, ya que las normativas y restricciones aplicables varían según el tipo de terreno en el que se quiera construir.
Por último, debemos destacar que es fundamental contar con el asesoramiento de expertos en derecho urbanístico para garantizar el cumplimiento de la normativa y evitar posibles sanciones o problemas legales. En Gutiérrez Labrador disponemos de equipo de especialistas en derecho medioambiental, solventando las dudas y reclamaciones de clientes de diversa índole. Contacta con nuestro bufete para recibir asesoramiento sobre nuestros servicios.