
Cada vez son más personas que expresan su deseo en vida de que arrojen sus cenizas al mar. Ante este hecho, los familiares deben asegurarse de las condiciones para llevar a cabo un funeral marítimo, puesto que las cenizas pueden ser consideradas residuos.
A pesar de que en España no hay una ley nacional que prohíba y penalice el acto de esparcir cenizas mortuorias, existen normativas para respetar la legislación medioambiental.
Por ello, hay cada vez más empresas que se encargan del depósito de urnas y cenizas en espacios naturales, con la garantía de cumplir los cauces legales; de lo contrario, la letrada Carmen Gutiérrez Labrador, de la firma jurídica PWACS Gutiérrez Labrador alerta de que celebrar un funeral marítimo de forma clandestina puede ocasionar multas de hasta 240.400 euros.
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Carmen Gutiérrez Labrador es abogada especializada en Derecho Ambiental, de Aguas y de Minas. Socia directora del despacho Gutiérrez Labrador Abogados, lidera un equipo multidisciplinar con sede en Córdoba y Madrid. Con más de 25 años de experiencia, asesora a empresas nacionales e internacionales en sectores estratégicos como energía, agroindustria y minería. Ha sido reconocida con premios como el Andalucía Excelente y los European Legal Awards por su trayectoria jurídica.